El Municipio de la ciudad informa que; los siguientes son los comercios, empresas y prestadores de servicios que se encuentran habilitados a funcionar, tras haber cumplido con la presentación de Protocolo y Declaraciones Juradas al Gobierno de la Provincia y al Municipio de Gálvez
A fin de evitar sanciones, recordamos que todas las actividades exceptuadas, incluso aquellas que ya venían realizándose desde el inicio del Aislamiento Preventivo, Social y Obligatorio, deben cumplir con esta presentación.
LISTADO POR RAZÓN SOCIAL
MARIÑO HERNAN FABIO
MUTUAL DE GALVEZ
OSCAR A. GIAMPIERI
MOTORES CZERWENY S.A.
INDUSTRIAS PETIT S.A.
POLLO DE ORO SA
SERVIFRENOS CACHO
REMONDA CASTRO Y CIA. S.A.C.
PERFUMERÍA TALLONE
AMERICANO MUTUAL Y SOCIAL
FUNDACIÓN BERTA BAUER DE MOLLENKOPF
LUCIANO BIANCO
COGAS S.A.
RAMON RAIMONDI
CASAGUILU
ACCESORIOS PRIALIS S.A.
RICARDO PRIALIS S.A.
CASTELLARIN EDUARDO Y JUAN S.H.
GALVEZ CEREALES S.A.
VICTOR J. BUSSO S.A.
WENG MING YING
WERLEN REPUESTOS SRL
AMPIMO LILIANA MARIA
ANA BEATRIZ SANCHEZ
LUIS PEDRO MIRANDA
TRES SERRITOS SA
EL CINCEL S.A.
GRANJA EL GUAPO SA
MIGUEL FERRONI
ACEITERA CONARCO SRL
TADEO CZERWENY SA
TADEO CZERWENY SA
MAYNET SILVINA TERESA
COLOMBATTO HNOS S.A.
CAP INDUSTRIAL SRL
SANTILLI NEUMATICOS SA
GUILLERMO MARZAL
S&R COMERCIAL SA
ZEBALLOS MONICA PATRICIA
BANCO MACRO SA
LOPEZ GABRIEL ENZO
TG SRL
LIBRERIA ALE
GALMETAL S.A.
POLLERÍA DON JOSÉ
JUAN OSVALDO
AGROINSUMO GALVEZ SRL
OGLIETTI SERGIO RAUL
MARCELO PERONJA
DANIEL BIANCO SRL
CRISTIAN LAGUZZI SERVICIO AUTOMOTRIZ
FACCIOLI ELIZABETH
MISTICA FIT
POZZI, MARÍA FERNANDA
POZZI, JUAN FRANCISCO
MANSILLA NÉLIDA ROMINA GUADALUPE
CAVALLO MARIA TERESA
OPTICA DURDOS
PANADERIA LA PAISANITA
IMAGEN OPTICA Y CONTACTOLOGÍA
RENZI, DANIEL JESÚS
NUTRIVASE CONSULTORIO EN NUTRICION
RIVERO ANA LAURA Y MARIA FLORENCIA S S
STYLO VERDE
BOUNOUS HNOS S.A
AEROGALVEZ SRL
DECO IDEAS
BAZAR PELUSA
LOTTO BEATRIZ MARIA
ALBERTINA MOGNI
DEMARCHI JORGE ALBERTO
BARBAGLIA SANTIAGO PABLO
MARIELA LYLLL
VALENTINELLI LUIS ALBERTO
MARCELO GUSTAVO LOPEZ
CURTI GUSTAVO GABRIEL
RISSO AGUSTINA
GANDINI JUAN PABLO
CALEGARI MARCELA GUADALUPE
ALBERTI ALEJANDRO ENZO
ANGHINOLFI BRUNO
MCH BICICLETAS
DARIO RAUL SCASSA
SEHYC SA
ALARCON NADIA ANABEL
RTO GÁLVEZ SRL
FERRERO MARCOS JAVIER Y MIRIANI SILVINA RAQUEL S.H.
El Municipio de la ciudad informa que; los siguientes son los comercios, empresas y prestadores de servicios que se encuentran habilitados a funcionar, tras haber cumplido con la presentación de Protocolo y Declaraciones Juradas al Gobierno de la Provincia y al Municipio de Gálvez
A fin de evitar sanciones, recordamos que todas las actividades exceptuadas, incluso aquellas que ya venían realizándose desde el inicio del Aislamiento Preventivo, Social y Obligatorio, deben cumplir con esta presentación.
El Decreto N° 347/20, a través del cual el Gobierno Provincial regula el uso del “Barbijo Social” en todo el territorio santafesino, y;
CONSIDERANDO:
Que, a través de la Junta de Defensa Civil, la Ciudad de Gálvez, ha adherido y acompañado cada una de las medidas y normativas adoptadas por los niveles superiores de gobierno.
Que existe consenso científico en que, una de las principales características del CORONAVIRUS COVID-19, es su alta capacidad de transmisibilidad y de contagio, la que está presente aún en personas que, contagiadas del virus, son asintomáticas.
Que, dada la gravedad de esta pandemia, es necesario aceptar minuciosamente cada medida adoptada y aplicarla bajo los mismos parámetros que establecen las normativas superiores.
Que, a fin de no generar una situación caótica en la búsqueda y consecución de barbijos sociales por parte de la comunidad, se considera importante dar un plazo de un día para la implementación de la medida.
Por todo ello, y en uso de las facultades que le son propias, el Sr. Intendente Municipal;
DECRETA
Art. 1°).- ADHERIR en su totalidad al DECRETO PROVINCIAL N°347/20.
Art. 2°).- Los alcances de la citada normativa serán de aplicabilidad en el territorio de la Ciudad de Gálvez, a partir de las 00:00 horas del día 17 de abril de 2020.
La AFIP lanzó este jueves el servicio web denominado "Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción-ATP", al cual deberán ingresar todos los empleadores a efectos de que puedan acceder a la postergación de los vencimientos para el pago de las contribuciones patronales.
La medida, que se encuadra dentro de las decisiones que tomó el Gobierno Nacional para mitigar el impacto económico de la cuarentena, se formalizó por medio de una resolución general publicada en el Boletín Oficial.
A tal efecto, los empleadores deberán ingresar al sitio web www.afip.gob.ar con Clave Fiscal, entre este jueves y el miércoles de la semana próxima.
La AFIP aclaró que los sujetos cuya actividad principal se encuentre incluida en el listado de actividades publicado en la página de ese organismo, y hayan cumplido con la obligación de registración, gozarán del beneficio de postergación del vencimiento para el pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino del período devengado marzo de 2020.
Ese pago se deberá realizar según la CUIT del contribuyente, en estas fechas:
Terminación CUIT fecha 0, 1, 2 y 3 16/06/2020; 4, 5 y 6 17/06/2020; 7, 8 y 9 18/06/2020.
En tanto, la declaración jurada determinativa de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social correspondiente al período devengado marzo de 2020, deberá presentarse conforme el siguiente cronograma:
Terminación CUIT fecha 0, 1, 2 y 3 16/04/2020; 4, 5 y 6 17/04/2020; 7, 8 y 9 20/04/2020.
En consonancia con los decretos establecidos por Nacion y por Provincia, que extienden la cuarentena, el Intendente, Mario Fissore, firmó un nuevo decreto, que prorroga la cuarentena a nivel local.
Gálvez, 1º de Abril de 2020.-
DECRETO Nº 5.128
VISTO:
El Decreto Nº 325/2020, del Poder Ejecutivo Nacional, que prorroga la vigencia del Decreto Nº 297/2.020, que determinó el aislamiento social preventivo y obligatorio en todo el territorio de la República Argentina, el Decreto Nº 304 de adhesión del Gobierno de la Provincia; y el Decreto Municipal Nº 5122 de adhesión al Decreto Nacional 297/2020 y Provincial 270/2020; y
CONSIDERANDO:
Que, el Presidente de la Nación, ante la situación de Emergencia sanitaria existente a nivel internacional, nacional y provincial, con motivo de la pandemia provocada por el coronavirus (Covid 19), ha prorrogado, el aislamiento social preventivo y obligatorio, hasta el 12 de Abril inclusive.-
Que el Gobierno de la Provincia adhirió a tal determinación.
Que, ante esto, es preciso prorrogar la vigencia del Decreto Nº 5122, en consonancia con el Decreto Nacional y Provincial.
Que, asimismo, el Municipio ante esta situación de emergencia sanitaria, ha implementado varias medidas tendientes a la contención de la epidemia, dictando los Decretos Nº 5123 y 5124.
Por todo ello en uso de las facultades que le son propias, el Sr. Intendente Municipal;
DECRETA
ART.1º)- PRORROGAR la vigencia de los Decretos Nº 5122, 5123 y 5124, hasta el 12 de Abril de 2020 inclusive.-
Denunciando a aquellos que no cumplan con la normativa actual, estarás ayudándonos a garantizar los derechos esenciales de la población y su goce efectivo, resultando un interés prioritario asegurar el acceso sin restricciones a los bienes básicos, especialmente a aquellos tendientes a la protección de la salud, alimentación e higiene individual y colectiva.